Anunciación.- La Voluntad Anticipada  es una decisión personal que permite mantener la voluntad de una persona en momentos en los que ya no puede tomar decisiones. La Voluntad Anticipada  es un documento que prevé que en casos en los que el paciente ya no puede tomar decisiones propias, ya sea por accidente o causas naturales, las cuales le llevé a un estado de inconciencia, con este documento se puede respetar la decisión del paciente de no someterse a algún tratamiento que sea invasivo o “alargue” la vida en casos en los que la muerte es un factor imperante.

Previsión y derecho de cualquier persona con capacidad de ejercicio y en pleno uso de sus facultades mentales, respeto a la negativa de someterse a tratamientos y/o procedimientos médicos que pretendan prolongar de manera innecesaria la vida”
Se llevó a cabo el 1er Simposio en México sobre la Ley de Voluntad Anticipada, donde se reunieron expertos en el tema de diferentes ámbitos, jurídicos, sociales y médicos. Este Simposio tuvo como objetivo difundir que en México existe una ley que respalda a la persona en etapa terminal y en las condiciones que el paciente decida terminar de manera natural con su vida, además aclarar que la Ley de Voluntad Anticipada, (LVA), bajo ninguna circunstancia, se refiere al acortamiento intencional  de la vida.

El Dr. Víctor Hugo Córdova, expresidente del Colegio de Medicina Interna de México, mencionó que “La LVA regula la suspensión del tratamiento médico, por lo que la vida continua de forma natural, otorgando los cuidados paliativos pertinentes, las medidas ordinarias y tanatologías; es diferente a la eutanasia, un procedimiento que SÍ es ilegal en nuestro país”.

La especialista en Bioética, Elvira Llaca, explicó que“El documento ayuda a pacientes en dolorosas situaciones que por alguna enfermedad terminal o accidente puedan logar tener in final digno de la vida”.

De acuerdo con las definiciones expresadas en el Simposio, la Voluntad Anticipada, es un documento en el que se manifiesta, de manera consciente la decisión sobre la forma que una persona quiere ser tratada médicamente allegar a una etapa de enfermedad terminal. En este documento se establece la negativa a someterse a medios, tratamientos y/o procedimientos que pretendan prolongar su vida, protegiendo la dignidad de la persona cuando por razones médicas, imprevistas o de fuerza mayor, sea imposible mantener su vida de maneta natural.

La VA no promueve la eutanasia, ni debe ser relacionado o entendida como tal, este documento es aplicado solo en el caso de enfermedad terminales, aquel que presenta un diagnóstico de enfermedad avanzada, irreversible, incurable, progresiva y/o degenerativa.
En México la ley está presente en Coahuila, Aguascalientes, Hidalgo, Chihuahua, San Luis Potosí, Guanajuato, Michoacán, Nayarit, Guerrero, Colima y Estado de México.

El lado negativo de la VA, es que no garantiza al médico que respete esta voluntad del paciente, que los familiares demanden ante las autoridades, de acuerdo con la Mtra. Alejandra Y. Romo Dávila, abogada y especialista en Ciencias Penales, dentro de la LVA no especifica el papel del médico tratante, la VA aún firmada ante un notario, no exime al médico de su responsabilidad sobre la acción. Existen muchos casos que los familiares del paciente con VA, después de fallecido, han demandado al médico, el cual lleva la peor parte al ser consignado por las autoridades y se le retira la cedula profesional en caso de que la demanda sea efectuada con éxito.

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