![]() DÉCIMA SEXTA:El Consejo acordará elevar al conocimiento del Jefe de Gobierno, por conducto del Presidente, la primera Terna resultante acompañando la documentación recabada de cada uno de los tres Candidatos que la integren. La segunda terna quedará en reserva para el caso de que el Jefe de Gobierno rechazare la primera. En caso de que el Jefe de Gobierno no tuviere a bien designar como Presidente de la Junta a alguno de los integrantes de la primera Terna, y una vez que se hubiere recibido el escrito correspondiente por parte del Jefe de Gobierno, el Consejo Directivo pondrá en conocimiento de aquél la segunda Terna. Se informa que la misma fue enviada al Jefe de Gobierno del Distrito Federal el pasado 20 de Enero, con la finalidad de dar cumplimiento al artículo 76 de la Ley de Instituciones de Asistencia Privada para el Distrito Federal. Junta de Asistencia Privada del Distrito Federal (JAPDF). |