Anunciación.- El pasado 15 de enero de 2016, se publicó en la Gaceta Oficial del Distrito Federal que se otorga un subsidio fiscal del 100% en el pago del Impuesto sobre Tenencia o Uso de Vehículos correspondiente al ejercicio fiscal 2016, a favor de personas físicas o morales sin fines de lucro (I.A.P.) que posean o sean usuarias de vehículos, cuyo valor incluyendo el Impuesto al Valor Agregado (IVA) una vez aplicado el factor de depreciación sea de hasta $250,000.00.
Para poder tener acceso a este beneficio se deben de cumplir con los siguientes requisitos:
1. Encontrarse al corriente en el pago del Impuesto Sobre Tenencia o Uso de Vehículos.
2. Cubrir los derechos de refrendo por la vigencia anual de placas de matrícula que correspondan al ejercicio fiscal 2016.
3. Cubrir los derechos de control vehicular previstos en el Código Fiscal del Distrito Federal, que incluye el correspondiente a la renovación o reposición de tarjeta de circulación, siempre que le sean aplicables.
En el caso de vehículos nuevos adquiridos recientemente en el ejercicio fiscal de 2016, se deben de cubrir los derechos por el trámite de alta que comprende la expedición inicial de placas, tarjeta de circulación y calcomanía, según corresponda conforme al Código Fiscal del Distrito Federal, en un plazo no mayor a quince días hábiles, los cuales se contabilizan a partir de la fecha en que se dé el hecho generador del Impuesto sobre Tenencia o Uso de Vehículos.
4. Presentar la propuesta de declaración para el pago del Impuesto Sobre Tenencia o Uso de Vehículos y Derechos por refrendo de vigencia anual de placas de matrícula (boleta), emitida por la autoridad fiscal. En caso de no contar con la referida propuesta, se podrá realizar el pago mediante Formato Múltiple de Pago a la Tesorería, previa obtención de su línea de captura, a través de los siguientes medios:
a. Internet en la dirección: www.finanzas.df.gob.mx;
b. Locatel al número telefónico 56-58-11-11
c. Mensaje SMS al número 98888
d. Centros de Servicio @ Digital (Kioscos) o en los diez Centros de Servicio de Tesorería instalados en diversos centros comerciales de la Ciudad de México.
La propuesta de declaración emitida por la autoridad fiscal y el formato múltiple de pago incluirán la propuesta de subsidio respectiva.
Una vez completado el trámite y concedido el subsidio, este se aplicará en las oficinas recaudadoras de la Tesorería o en las oficinas las auxiliares autorizadas por la Secretaría de Finanzas del 01 de enero al 31 de marzo de 2016, salvo que se trate de vehículos nuevos.
Fuente: JAPDF
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