Anunciación.- Sin discusión suficiente y sin haber convocado a participar a las y los académicos, a los grupos interesados y a la sociedad civil, el día de ayer, se aprobó el dictamen de la Ley General de Aguas en las Comisiones de Agua Potable y Saneamiento y de Recursos Hidráulicos de la Cámara de Diputados. Esta Ley tiene como razón de ser garantizar el derecho humano al agua a todas y todos los habitantes de México, objetivo que queda muy lejos de ser satisfecho por esta iniciativa porque contraviene estándares internacionales.
En días pasados Organizaciones de la Sociedad Civil (OSC) solicitaron a las y los diputados abrir este proceso legislativo a la discusión pública a través de foros y audiencias públicas, petición que fue claramente ignorada por los legisladores. No sólo no se permitió la participación social, sino que en violación de su propio reglamento.
Los diputados aprobaron un dictamen que conocieron pocas horas antes sin tener el estudio y soporte técnico y científico suficiente y necesario que permitiera sustentar su voto a favor o en contra del contenido de la iniciativa.
Sirva de ejemplo el artículo 49, el cual señala que “es obligación de las autoridades garantizar el derecho humano al agua de los asentamientos humanos”, estableciendo para ello un mínimo vital de 50 litros diarios por persona. Esto es incorrecto porque el derecho humano al agua corresponde a las personas, no a los asentamientos humanos, tal como lo establece el texto del artículo 4 constitucional que da origen a esta ley; además, el concepto de asentamientos humanos implica una serie de condiciones en donde la dispersión territorial de muchas localidades rurales e indígenas hace que se puedan quedar fuera de tal definición.
Asimismo, se ha señalado que la dotación de 50 litros diarios por persona no satisface el criterio de protección más amplia a las personas, conforme al artículo 1 de la Constitución y a criterios emitidos por el Poder Judicial de la Federación, ya que el estándar idóneo señalado por la Organización Mundial de Salud (OMS) -máxima autoridad directiva y coordinadora de la acción sanitaria en el sistema de las Naciones Unidas del cual México forma parte-, ha señalado que el acceso óptimo que representa el riesgo más bajo para la salud de las personas corresponde a 100 litros diarios por persona. Tanto la exposición de motivos de la iniciativa como el dictamen aprobado omiten dar razones técnicas o científicas necesarias para poder justificar la dotación de los 50 litros propuestos.
Finalmente, resulta muy preocupante que las Comisiones hayan aprobado en sus términos esta iniciativa, máxime que no se ha valorado y discutido tampoco la iniciativa ciudadana entregada a los diputados el pasado 9 de febrero.
Por ello, OSC hicieron un enérgico llamado los legisladores para que, en lo que resta del proceso legislativo, y en cumplimiento de sus leyes y reglamentos, se tomen el tiempo necesario para escuchar a las voces interesadas y se alleguen de los datos técnicos y científicos necesarios a fin de que la Ley que se apruebe en el pleno cumpla con los estándares del derecho humano conforme a los tratados internacionales de los cuales México forma parte. El no hacerlo implicaría aprobar una iniciativa sin realmente conocerla; es decir, se votaría a favor de la misma porque les dieron “línea” y en desconocimiento del mandato constitucional de respetar, proteger y garantizar el derecho humano al agua.
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