Anunciación.- De acuerdo con la UNICEF los derechos niños están descritos en la Convención sobre los Derechos de los niños la cual establece libertades mínimas que los gobiernos deben cumplir:
1. Derecho a la igualdad, sin distinción de raza, religión idioma, nacionalidad, sexo u opinión política.
2. Derecho a tener una protección especial para el desarrollo físico, mental y social.
3. Derecho a un nombre y una nacionalidad desde su nacimiento.
4. Derecho a una alimentación, vivienda y atención medica adecuados.
5. Derecho a la educación y tratamiento especial para aquellos que sufren alguna discapacidad metal o física.
6. Derecho a la comprensión y al amor de los padres y de la sociedad.
7. Derechos a las actividades recreativas y a una educación gratuita.
8. Derecho a estar entre los primeros de recibir ayuda en cualquier circunstancia.
9. Derecho a la protección contra cualquier forma de abandono crueldad y explotación.
10. Derecho a ser criado con un espíritu de comprensión, tolerancia, amistas entre los pueblos y hermandad universal.
La Convención sobre los Derechos del Niño (CDN) es un tratado internacional que recoge los derechos de la infancia y es el primer instrumento jurídicamente vinculante que reconoce a los niños y niñas como agentes sociales y como titulares activos de sus propios derechos.
El texto fue aprobado por la Asamblea General de Naciones Unidas el 20 de noviembre de 1989 y entró en vigor el 2 de septiembre de 1990.
Los 54 artículos que componen la CDN recogen los derechos económicos, sociales, culturales, civiles y políticos de todos los niños. Su aplicación es obligación de los gobiernos, pero también define las obligaciones y responsabilidades de otros agentes como los padres, profesores, profesionales de la salud, investigadores y los propios niños y niñas.
Fuente: UNICEF
Informes:
UNICEF
http://www.unicef.es/infancia/derechos-del-nino/convencion-derechos-nino
Convención sobre los Derechos de los niños
https://www.unicef.es/sites/www.unicef.es/files/CDN_06.pdf